Derecho a la vivienda adecuada
El derecho a la vivienda es el derecho a vivir con seguridad, paz y dignidad en alguna parte, para lo cual son indispensables los siguientes elementos:
- La seguridad jurídica de la tenencia y la protección contra los desalojos forzosos.
- La disponibilidad de servicios, materiales, facilidades e infraestructura: todos aquellos servicios indispensables para la salud, la seguridad, la comodidad y la nutrición.
- Gastos soportables, conmensurados con los niveles de ingreso y la existencia de subsidios para quienes no pueden costearse una vivienda.
- La adecuación del espacio para sus habitantes y la protección contra el clima.
- El acceso a los recursos para conseguir una vivienda adecuada para todos y con mayor atención para los grupos en situación de vulnerabilidad.
- La ubicación de la vivienda en un lugar que permita el acceso a las opciones de empleo, los servicios de atención a la salud, escuelas y otros servicios sociales.
- La adecuación cultural, la manera en que se construye la vivienda, los materiales y las políticas en que se apoyan deben permitir la expresión de la identidad cultural.
La Constitución política de colombia, en el artículo 51 dice: "Todos los colombianos tienen derecho a la vivienda digna. El estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo, y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda".
Las Naciones Unidas han designado el primer lunes de octubre de cada año para la conmemoración del día mundial del hábitat, la idea de esa fecha es reflexionar sobre el estado de nuestras ciudades y el derecho a una vivienda adecuada para todos. En dicha fecha se quiere recordar al mundo su responsabilidad colectiva con respecto al futuro del habitat humano.
Según Naciones Unidas el derecho a la vivienda adecuada es algo más que el derecho a un techo bajo el cual protegerse, significa disponer de un lugar con privacidad, espacio suficiente, accesibilidad física, seguridad adecuada, estabilidad y durabilidad estructural, iluminación, calefacción y ventilación dignos. Una infraestrucura básica que incluya abastecimiento de agua, sanemiento y eliminación de desechos, factores apropiados de calidad de medio ambiente y de salud y un emplazamiento adecuado y con acceso a servicios básicos, todo con un costo razonable.
Derecho a la ciudad
El derecho a la ciudad se define como el usufructo equitativo de las ciudades dentro de los principios de sustentabilidad y justicia social. Se entiende como un derecho colectivo de los habitantes de las ciudades, en especial de los grupos vulnerables y desfavorecidos, que les confiere la legitimidad de acción y de organización, basado en sus usos y costumbres, con el objetivo de alcanzar el pleno ejercicio del derecho a un nivel de vida adecuado.
El Derecho a la ciudad es una ampliación del derecho a la vivienda de dos maneras.
- Sentido físico y geográfico, al considerar no solo la vivienda, ni el entorno cercano, sino el conjunto de la ciudad, osea el entorno más lejano de la vivienda.
- Se considera no solo la dimensión física, sino el conjunto de las que son capitales en y hacen parte de la vida humana, dando importancia particular a la dimensión política.
El derecho a la ciudad, es el derecho a la producción física, social, política, simbólica del espacio, es el derecho a la producción del espacio físico donde tienen lugar las prácticas sociales a través del autogobierno y de la autogestión política.
El derecho a la ciudad supone la interdependencia entre población, recursos, medio ambiente, relaciones económicas y calidad de vida para los presentes y futuras generaciones, implica cambios estructurales profundos en los patrones de producción y consumo y en las formas de apropiación del territorio y de los recursos naturales, busca soluciones contra los efectos negativos de la globalización, la privatización, la escasez de los recursos naturales, el aumento de la pobreza mundial, la fragilidad ambiental y sus consecuencias para la supervivencia de la humanidad y del planeta.
El derecho a la ciudad se rige por tres principios fundamentales:
- Ejercicio pleno de la ciudadanía entendido como la realización de todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales, asegurando la dignidad y el bienestar colectivo de los habitantes de la ciudad en condiciones de igualdad y justicia, así como el pleno respeto a la producción y gestión social del hábitat.
- Gestión democrática de la ciudad entendida como el control y la participación de la sociedad a través de formas directas y representativas, en el planeamiento y gobierno de las ciudades, priorizando el fortalecimiento y autonomía de las administraciones públicas locales y de las organizaciones populares.
- Función social de la propiedad y de la ciudad entendida como la prevalencia, en la formulación e implementación de las políticas urbanas, del interés común sobre el derecho individual de propiedad. Implica el uso socialmente justo y ambientalmente sustentable del espacio urbano.
El derecho a la ciudad esta dirigido a fortalecer procesos, reivindicaciones y luchas urbanas contra la injusticia y la discriminación social y territorial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario